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Luis de Llano, arrestado en CDMX por incumplir resolución judicial en caso Sasha Sokol

El productor fue trasladado a un centro de sanciones administrativas por desacatar medidas ordenadas tras la sentencia civil por daño moral; el arresto no constituye una nueva condena penal

Publicado el 3 septiembre 2026 · Redacción La Extra
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Ciudad de México.— El productor Luis de Llano Macedo fue arrestado este 2 de septiembre en la Ciudad de México por incumplir medidas ordenadas dentro del proceso civil promovido por Sasha Sokol, en un caso que llegó hasta la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN). La Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) capitalina ejecutó una orden de arresto administrativo emitida por una jueza del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México (TSJCDMX).

La medida deriva de dos incumplimientos señalados en la etapa de ejecución de la sentencia: la falta de una disculpa pública dirigida a Sokol y la omisión de publicar la síntesis de la resolución judicial que estableció la responsabilidad civil de De Llano por daño moral. Cada una de las órdenes contempla 15 horas de arresto administrativo, por lo que ambas medidas son acumulables.

La SSC trasladó al productor al Centro de Sanciones Administrativas y de Integración Social “San Fernando”, en la alcaldía Tlalpan, instalación destinada a la recepción y custodia temporal de personas sujetas a arrestos administrativos. La dependencia confirmó que la intervención policial obedeció al cumplimiento de una orden judicial emitida por una jueza del TSJCDMX.

El caso tiene como antecedente la demanda civil presentada por Sasha Sokol en 2022 contra De Llano por daño moral. El litigio se relacionó con declaraciones públicas del productor sobre la relación que sostuvo con la cantante cuando ella era menor de edad. En 2023, una resolución judicial estableció medidas de reparación que posteriormente fueron materia de recursos legales.

El 25 de junio de 2025, la Primera Sala de la SCJN negó por unanimidad el amparo promovido por De Llano, con lo que quedó firme la resolución civil. La información difundida por la propia Corte señala que la sentencia contempló, entre otras medidas, una indemnización, una disculpa pública y la obligación de abstenerse de realizar determinadas referencias públicas sobre Sokol.

Uno de los aspectos jurídicos de mayor relevancia del fallo fue el reconocimiento de que las acciones civiles para reclamar reparación por violencia sexual sufrida durante la infancia y adolescencia no están sujetas a prescripción en los términos analizados por la Corte. El criterio amplió el alcance de la vía civil para casos en los que ha transcurrido un periodo prolongado desde los hechos.

La detención registrada ahora no representa una nueva condena penal contra De Llano. Se trata de una medida de apremio de carácter administrativo utilizada dentro del procedimiento judicial para procurar el cumplimiento de obligaciones establecidas en una sentencia. La diferencia resulta relevante, pues el arresto actual está vinculado con el desacato a disposiciones judiciales y no con la imposición de una nueva pena por los hechos que dieron origen al juicio civil.

El episodio también coloca nuevamente en el centro del debate la etapa de ejecución de las sentencias judiciales. El caso muestra que una resolución firme no concluye necesariamente con su emisión, sino que puede requerir mecanismos adicionales para garantizar que las obligaciones impuestas sean efectivamente cumplidas.

Con la intervención de la SSC y las medidas ordenadas por el TSJCDMX, el proceso entra así en una nueva fase enfocada en hacer efectiva la resolución que la SCJN dejó firme en 2025. El cumplimiento de las medidas de reparación y de las determinaciones judiciales será ahora el punto central del seguimiento del caso.

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